Tutela (Dependencia)

- Law & Governance -
Family Law Dictionary
Definición
Una disposición legal ordenada por el tribunal en un procedimiento de dependencia mediante la cual la autoridad de cuidado parental se transfiere, total o parcialmente, a un tutor nombrado para hacerse cargo del menor; la tutela es una opción de permanencia distinta de la adopción y puede o no extinguir los derechos parentales según la jurisdicción y la resolución judicial.