Orden Tras Audiencia Respecto a la Filiación
Definición
Una orden judicial dictada tras una audiencia formal en la que el tribunal escuchó pruebas y argumentos relacionados con la filiación; la orden recoge las conclusiones fácticas y jurídicas del tribunal y las directrices sobre el estado parental, la manutención, la guarda, las visitas, las pruebas o las demás medidas resueltas en la audiencia.