Orden Tras Audiencia Respecto al Plan Parental
Definición
Una orden judicial emitida después de una audiencia contenciosa o probatoria en la que el tribunal resolvió disputas sobre un plan parental, especificando los términos determinados por el juez sobre custodia, tiempos parentales, toma de decisiones y disposiciones relacionadas con base en la prueba y los estándares legales.