Juicio (Familia)
Definición
Un procedimiento adjudicativo formal ante un juez—y en algunas jurisdicciones ante un jurado—en el que se deciden cuestiones familiares litigiosas (como custodia, pensiones, reparto de bienes o, cuando proceda, cuestiones de estado civil) después de la presentación de pruebas, testimonio de testigos y argumentos legales bajo las normas procesales y probatorias aplicables; el tribunal dicta órdenes