Acuerdo Postnupcial

- Law & Governance -
Civil Law Dictionary
Definición
Un acuerdo jurídicamente vinculante celebrado por los cónyuges después del matrimonio que regula la división de bienes, la pensión conyugal y otros derechos y obligaciones financieras en caso de separación, divorcio o fallecimiento.

Acuerdo Postnupcial

- Law & Governance -
Family Law Dictionary
Definición
Un contrato voluntario celebrado por cónyuges después del matrimonio que asigna derechos y obligaciones sobre bienes, responsabilidades financieras y, en ocasiones, pensión de cónyuge, aplicable durante el matrimonio y en caso de separación, divorcio o fallecimiento.