Orden Concediendo Control Exclusivo Relacionado con la Tutela

- Law & Governance -
Family Law Dictionary
Definición
Una orden judicial que otorga a una persona o entidad la autoridad exclusiva para tomar decisiones específicas o ejercer poderes concretos relacionados con un asunto de tutela, excluyendo a otras partes de ejercer esas mismas facultades durante el plazo y dentro del alcance señalados en la orden.