Orden Que Otorga Control Exclusivo Relacionado con la Parentalidad

- Law & Governance -
Family Law Dictionary
Definición
Una orden emitida por el tribunal que otorga a una parte la autoridad exclusiva para adoptar, restringir o dirigir acciones y decisiones concretas exclusivamente relacionadas con cuestiones de parentalidad mientras estén pendientes procedimientos judiciales o administrativos.