Excepción de Intercambio de Menores (Orden de Protección)

- Law & Governance -
Family Law Dictionary
Definición
Una cláusula en una orden de protección que permite o prescribe específicamente los medios por los cuales los menores pueden ser transferidos entre las partes con custodia a pesar de restricciones de contacto más amplias, frecuentemente especificando lugares neutrales, intercambios supervisados, facilitadores terceros o entregas limitadas y verificables para minimizar el conflicto y el riesgo.