Adopción del Padrastro o la Madrastra
Definición
Un proceso legal mediante el cual el cónyuge o pareja del progenitor biológico o legal de un menor adopta al niño, creando una nueva relación legal padre‑hijo entre el padrastro o la madrastra y el menor, y que generalmente requiere el consentimiento del otro progenitor o la extinción de sus derechos.