Pensión Alimenticia para Hijos

- Law & Governance -
Civil Law Dictionary
Definición
Aportaciones financieras periódicas exigidas a uno o ambos progenitores para cubrir las necesidades básicas del niño, educación, atención sanitaria y otros gastos necesarios atribuibles a la crianza.

Pensión Alimenticia para Hijos

- Law & Governance -
Family Law Dictionary
Definición
Una obligación legal que exige a uno o ambos progenitores, tutores o responsables proporcionar recursos monetarios periódicos para cubrir las necesidades básicas y especiales de un menor—vivienda, alimentación, vestimenta, educación, atención sanitaria y gastos extracurriculares—establecida por ley, orden judicial o acuerdo vinculante.